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Home›Actualidad empresarial›Sanción a tres empresas por explotación ilegal de hidrocarburos

Sanción a tres empresas por explotación ilegal de hidrocarburos

By webmaster
8 julio, 2021
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Las Secretarías de Energía y de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur notificaron de la infracción a las petroleras Chrysaor Holdings Limited y Harbour Energy Plc., del Reino Unido, y “Navitas Petroleum LP”, de Israel, que podrían ser inhabilitadas hasta por 20 años para operar en la Argentina por operar ilegalmente en la Plataforma Continental.

Sanciones por operar de manera ilegal en la exploración y explotación de hidrocarburos en la Plataforma Continental.

La Cancillería y la Secretaría de Energía anunciaron este miércoles sanciones para tres empresas por operar de manera ilegal en la exploración y explotación de hidrocarburos en la Plataforma Continental Argentina, en la cuenca Malvinas norte.

En una conferencia conjunta brindada por los secretarios de Malvinas, Antártida y Atlántico Sur, Daniel Filmus, y de Energía, Darío Martínez, se informó que estas tres compañías -dos británicas y una israelí- están siendo notificadas por incumplir la ley argentina, que exige un permiso de aquellas empresas que quieran operar en la plataforma continental.

Se trata de las empresas petroleras Chrysaor Holdings Limited y Harbour Energy Plc., con sede en Reino Unido, y “Navitas Petroleum LP”, con sede en Israel.

Según se explicó, estas tres compañías están incumpliendo dos leyes nacionales sobre hidrocarburos, sancionadas en 2011 y 2013, que exigen que las compañías que operen en la plataforma continental tengan una autorización expresa del Gobierno argentino.

Las sanciones a estas empresas tienen un plano administrativo, que pueden incluir inhabilitaciones de entre 5 y 20 años para trabajar en la Argentina, además de un costado penal ante la justicia federal, que puede disponer embargos preventivos.

El Gobierno ya comenzó el proceso de notificación a estas empresas, en un primer paso que puede derivar en la inhabilitación para operar, en tanto que las compañías tienen un plazo de 20 días hábiles para ejercer su defensa.

“Las empresas no están habilitadas para operar ni han pedido autorización y por eso iniciamos este proceso, que tiene que ver con la notificación y las sanciones. La Secretaría de Energía aportó los conocimientos técnicos y los registros y luego la Cancillería continuará con los reclamos”, aseguró el secretario de Energía.

Por su parte, el Secretario de Malvinas, Daniel Filmus, señaló que “todas estas empresas fueron anoticiadas el año pasado, se les enviaron notas de desaliento para notificarles que estaban incurriendo en un delito y han avanzado”.

El funcionario también dijo que el reclamo argentino a estas empresas tiene el respaldo de organismos multilaterales, entre los que nombró a la La Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (Celac), mecanismo intergubernamental regional ​ que promueve la integración y desarrollo de los países latinoamericanos y caribeños, el Mercosur y la Cumbre Iberoamericana.

Las petroleras Chrysaor Holdings Limited, Harbour Energy Plc. y Navitas Petroleum LP pueden ser sancionadas civil y penalmente por incumplir dos leyes nacionales sobre hidrocarburos.

Filmus dijo que estos organismos dictaron “resoluciones para que haya una negociación bilateral en el diferendo con el Reino Unido”, pero además dedicaron “un párrafo adicional en el que se apoya la resolución 31/49 de las Naciones Unidas, que establece que ninguna de las dos partes puede tener una acción unilateral”.

Agregó también que estas tres empresas que serán sancionadas se agregan a la nómina de otras ocho empresas petroleras que fueron sancionadas por la misma cuestión entre 2011 y 2015.

En tanto, el Secretario de Energía adelantó que las empresas que recibirán sanciones “han aportado capital y se incorporaron a los holdings que ya están trabajando en la Cuenca Norte de Malvinas”.

Por su parte, la Directora Nacional de Malvinas, Sandra Pita, presente en la conferencia de prensa, precisó que “primero viene la inhabilitación a estas empresas, luego las multas y la posible acción penal”.

Dijo que el proceso contempla “la posibilidad de que las empresas puedan hacer el descargo y tienen 20 días hábiles para hacer su defensa ante el Estado nacional”.

“Luego de esos 20 días hábiles, se realiza la investigación y se concluye con la inhabilitación, que es la imposibilidad de operar en la plataforma continental o en el territorio continental con la exploración de hidrocarburos”, completó.

Fuente: Télam

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