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La Mirada
Home›La Mirada›¿Convendrá aprobar un nuevo marco regulatorio para la industria del petróleo?

¿Convendrá aprobar un nuevo marco regulatorio para la industria del petróleo?

By Mónica Matassa
8 marzo, 2024
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La propuesta de Ley de Hidrocarburos implícita en el proyecto Ley Ómnibus introduce cambios en todas las etapas de la cadena de los recursos energéticos. Es fundamental un análisis pormenorizado.

El gobierno de Milei vino con todos los cambios a proa en la organización económica e institucional del país. Muestra de ello fue la propuesta de Ley de Hidrocarburos implícita en el proyecto Ley Omnibus. Cambios en todas las etapas de la cadena de casi cualquier energético, hacia arriba y hacia abajo- upstream y downstream.

Puede que la Ley ómnibus sea ya asunto muerto. Pero bien podría suceder que se aprobara el marco regulatorio de dicha ley, o que se apruebe una ley diferente. En cualquier caso, habrá negociaciones entre el gobierno nacional, las provincias y otros actores. Pregunta: ¿Puede soslayarse todo lo negociado y acordado entre provincias *gobernadores* en el tratamiento de la Ley ómnibus, y así nomás seguir como hasta ahora con la vieja (actual) Ley de hidrocarburos?

Me concentraré en la discusión de algunos temas regulatorios, porque la propuesta no solamente es muy amplia, sino además densa y su análisis requeriría de un examen exhaustivo q llevaría mucho tiempo a especialistas y no especialistas.

Habrá nuevas discusiones, porque ya será el PE nacional o el provincial o ambos quienes estarán aplicando el nuevo marco regulatorio que necesita mejor precisar y reglamentar que lo hecho hasta ahora. Vayamos a la temática analizada.

Se promueve utilizar como precio del gas los valores, máximo y mínimo, de los precios de paridad de importación y de exportación respectivamente, lo que a mi juicio puede ser restrictivo.

Veamos un ejemplo que ilustra el caso. Un productor descubre gas en la fase exploratoria y por la legislación ambiental no puede ventear ese gas. Debe reinyectarlo o darle un uso que signifique la mínima alteración del medioambiente.

Es posible que el precio del gas implícito en la actividad alternativa a reinyectar (que supongamos es más costosa) sea menor que el precio de paridad de exportación. ¿Y entonces que valor corresponde usar? El precio del gas calculado para este uso alternativo. Concentrar las discusiones-negociaciones en lo que me costó tal o cual proyecto en el pasado – el costo de oportunidad yace en el futuro- es pérdida de tiempo, mayores costos, en fin, pérdida de bienestar. Lo aconsejable es usar el precio del gas en su mejor uso alternativo.

¿Autoabastecimiento o abastecimiento? La eterna discusión.¿es pertinente preguntarse cuál es el costo de oportunidad de elegir el autoabastecimiento como vía de acción?. Autoabastecerse puede resultar muy costoso..Veamos: “abastecerse” cumpliendo con las normas técnicas y de seguridad de suministro puede significar que algunas veces se importe e incluso exportar e importar al mismo tiempo.

“Autoabastecerse” en todo momento puede significar incumplir los contratos de exportación o bien importar muy caro por poco tiempo. O sea, un costo de oportunidad o económico altísimo porque la alternativa de abastecimiento puede ser más económica. Por eso, usar el concepto amplio de abastecimiento no impide el autoabastecimiento, y si abastecerse es más económico, elevamos aún más el bienestar de nuestro pueblo. En eso, la propuesta del Poder Ejecutivo es correcta, abastecimiento.

La propuesta transpira en fusiones, cambios, bajo el principio de desburocratización y eficiencia, entre otros. O sea que en el numerador de la definición de eficiencia, costo insumo, se puede lograr tal vez un menor costo laboral, menos horas a emplear, pero la pregunta muy importante es: ¿qué pasa con el valor del denominador, el producto o servicio, esto es: como le llega a la gente ese cambio o no pasa nada?

Ciertamente puede haber ahorros en los insumos, pero tal vez hay otra forma de organizarse y acompañar con un producto muy valorado por quienes estarán recibiendo ese servicio que puede hacer que la eficiencia sea mayor. ¿Hay que cambiar la propuesta en este sentido? No, solamente q la ejecución debe medir muy bien esa ratio de eficiencia explicando los objetivos q se cumplen.

¿Suena realista que precios de los hidrocarburos, incluyendo tarifas o precio del transporte, sean libremente pactados por las partes? La experiencia dice que si es posible, pero …. el grado de conflictividad ante diferencias de valuación de los agentes debe ser el menor posible.

Para minimizar los conflictos no solo es necesario que este claramente delineado como se aplica el principio de transparencia a todos los agentes, sino q también se requiere de una metodología, de lo contrario, ¿ como se comparan las valuaciones de cada agente aún cuando manejen el mismo conjunto de información?

Obviamente escribir una metodología detallada en una ley no es aconsejable ni lo usual. Para abundar, los precios y tarifas de mercado pueden resultar de licitaciones o negociaciones, pero es necesario ahondar en este tema.

El art 269 de la propuesta PEN es denso de por sí y necesita por lo menos una apertura y una reglamentación detallada (o algo más de detalle que lo que se formula en esa propuesta). Vayamos a algo concreto, la Transparencia. ¿Se puede sobreentender que el acceso abierto – luego se dispondrá q concepto o tipo de acceso – además de aplicable a la capacidad de transporte existente también es extensivo a las ampliaciones de capacidad?

Pues bien, no vendría mal una aclaración y que, en aras de la transparencia, estas se lleven a cabo bajo concursos abiertos (como en el marco regulatorio del gas) para q todos los interesados formulen su propuesta – a sabiendas q puede haber una prioridad de acceso al concesionario o autorizado de transporte.

¿Cuál será la metodología de cálculo de la tarifa?, si no está en los pliegos de la licitación al menos debe existir alguna metodología de referencia por eventuales conflictos. Ayudaría ciertamente q se defina el tipo de acceso abierto (contractual como en la ley de gas, 24.076).

La conclusión de esta nota es continuar trabajando en un nuevo marco regulatorio superador de lo hasta el presente discutido. Falta mucho camino por recorrer.

Fuente: Raúl García economista, consultor en temas de energía. Ex presidente de Enargas (1993-1998) y ex subsecretario de Combustibles de la Nación (1991-1993) para Clarín

TagsenergíaHidrocarburosPetróleo
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