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Economía
Home›Economía›Prorrogan régimen de incentivos para bienes de capital hechos en Argentina: cómo funciona

Prorrogan régimen de incentivos para bienes de capital hechos en Argentina: cómo funciona

By webmaster
29 diciembre, 2020
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La medida fue publicada en el Boletín Oficial. A causa del impacto económico negativo provocado en el país por la pandemia del coronavirus, el Gobierno determinó que el beneficio fiscal regirá hasta el 31 de diciembre del 2021.

Con el propósito de mejorar la competitividad, generar condiciones equitativas y promover la fabricación nacional, el Gobierno prorrogó por un año el régimen de incentivo fiscal para las industrias locales productoras de bienes de capital. De esta forma, el beneficio tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021.

La medida quedó establecida a través del Decreto 1051/2020, publicado este martes en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y los ministros de Producción, Matías Kulfas, y de Economía, Martín Guzmán.

El incentivo, que fue implementado por primera vez en el año 2001, consiste en un bono fiscal que puede ser utilizado para cancelar impuestos nacionales. El mismo está destinado a los fabricantes de maquinaria general y agrícola, herramientas, equipos hospitalarios, carroceros y buses para uso urbano; la industria naval y a proveedores destinados a la producción de hidrocarburos y energía eléctrica, entre otros.

Según indica el texto, el Gobierno Nacional asigna una prioritaria importancia en el proceso de crecimiento productivo de la economía a los sectores alcanzados por la presente medida. “La inversión en capital productivo tiene como resultado directo el aumento de la competitividad de la industria y de la economía en general y, simultáneamente, coadyuva a consolidar el desarrollo de la industria local productora de bienes de capital”, asegura.

Y añade: “La industria de bienes de capital es un sector estratégico para el desarrollo económico y, al ser proveedora de todas las cadenas productivas, su progreso técnico impacta positivamente en la competitividad de la economía del país”.

El Poder Ejecutivo explicó que debido a la compleja situación que atraviesa la Argentina por la pandemia del coronavirus, “se han adoptado distintas medidas” que produjeron “un impacto económico negativo y no deseado, entre otros, sobre la industria”. Por esta razón, resulta “oportuno y conveniente prorrogar hasta el día 31 de diciembre de 2021, inclusive, el plazo de vigencia” del beneficio fiscal, a fin “de aumentar su previsibilidad y el incentivo generado en las empresas fabricantes para continuar realizando proyectos de innovación, investigación y desarrollo tecnológico”.

Bono de crédito fiscal
El decreto establece que los interesados podrán solicitar “el equivalente al 50% del valor” de algunos de los costos de producción, aunque para las Micro, Pequeñas o Medianas Empresas, la devolución será de hasta el 60%.

A su vez, esta cifra podrá incrementarse un 15% “en la medida en que los beneficiarios acrediten, con cada solicitud, la realización de inversiones destinadas a la mejora de la productividad, la calidad y la innovación en procesos y productos, con el alcance, las formas y condiciones que establezca la Autoridad de Aplicación”.

Podrán computarse hasta un equivalente al 70 % del valor de las inversiones realizadas en innovación, investigación y desarrollo tecnológico, facturadas y efectuadas a partir del día 1 de enero de 2020 y debidamente acreditadas, señala el texto.

“Los sujetos beneficiarios podrán solicitar ante la Autoridad de Aplicación la emisión del bono fiscal hasta el día 31 de marzo de 2022″, precisa el decreto, que a su vez especifica que serán elegibles aquellas operaciones de venta de los bienes de capital “en la medida en que las facturas correspondientes hayan sido emitidas por el beneficiario hasta el día 31 de diciembre de 2021, inclusive, y (que) las mismas no cuenten con más de un año de emisión”.

Por otra parte, las autoridades también remarcaron que “en todos los casos, el bien de capital objeto de la transacción, debe haber sido entregado al adquirente con una antelación no mayor a un año respecto de la solicitud”.

Decreto 1051/2020 by on Scribd

Boletín Oficial Gobierno producción de bienes bienes de capital
Fuente: El Cronista.
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