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Home›Economía›Cuatro claves para entender el impacto del decreto que frena los cortes de servicio

Cuatro claves para entender el impacto del decreto que frena los cortes de servicio

By webmaster
26 marzo, 2020
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El alcance de la medida, el impacto fiscal, la coparticipación federal, la relación con los gobernadores y la sustentabilidad de las distribuidoras son los interrogantes que genera decisión del Gobierno nacional.

La decisión del Presidente Alberto Fernández de suspender por 180 días corridos el corte de todos los servicios públicos como una forma de paliar los efectos sociales que genera la emergencia sanitaria por el Covid-19 se tomó después de un debate en el seno del Gobierno acerca del alcance de la medida. Una vez instrumentada la medida, que en rigor prohíbe el corto del servicio si un usuario incumple el pago de tres facturas consecutivas, abre una serie de interrogantes acerca de lo que puede pasar tanto en materia fiscal como en la sustentabilidad económica de las distribuidoras de servicio de gas y electricidad. A continuación, un repaso de cinco claves para entender el impacto del Decreto Nº 311 publicado ayer por la noche en el Boletín Oficial.

1. El unvierso de beneficiarios. En el seno del Gobierno se generó un debate acerca del universo al que debía beneficiar decreto. El sector vinculado a la nueva conducción del Enargas, encabezado por su titular Federico Bernal, propuso la prohibición del corte tanto de los servicios públicos (energía eléctrica, gas por redes y agua corriente) como de los de interés público (telefonía fija y móvil, internet y TV por cable) para la totalidad de la población. Pero atendiendo el impacto que iba a tener esa decisión sobre la recaudación, el sector económico del gabinete, encabezado por los ministros Matías Kulfas y Martín Guzmán, decidieron que la medida alcanzara únicamente a los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), a los que perciben Pensiones no Contributivas inferiores a dos salarios mínimos, jubilados y pensionados, los inscriptos en el Régimen de Monotributo Social, los trabajadores en relación de dependencia que reciban una remuneración bruta menor o igual a dos salarios mínimos y los monostributistas que facturen por mes una suma menor o igual a dos salarios mínimos.

2. El impacto en la recaudación. Desde la cartera de Martín Guzmán observan con preocupación cuánto puede llegar a afectar esta medida en los ingresos del fisco. Hay que tener en cuenta que de la totalidad de lo que el Estado recauda a través del IVA, el 6,5% proviene de las facturas de gas y electricidad. Por lo tanto, si una porción importante de la población decide dejar de pagar los servicios, desde el Ministerio de Economía estiman una caída de la recaudación a través del IVA. De acuerdo a los cálculos que hacen en Hacienda, el derrumbe podría ser de 4 puntos en el caso de una masiva suspensión del pago de los servicios de luz, agua y gas y de hasta 10 puntos si se incluye la telefonía, cable e internet. Serían unos $ 15.000 millones menos por mes dado que el Estado preveía recaudar en marzo alrededor de $ 150.000 millones durante marzo por el pago del IVA.

3. Caída de la coparticipación. El IVA es uno de los impuestos que se coparticipa a nivel federal. Por lo que una caída significativa de este ingreso golpearía de lleno también en las arcas de las administraciones provinciales. Los mandatarios provinciales también observan con atención lo que pueda pasar a lo largo de estos seis meses con el impacto de esta medida. Es que por un lado respaldan la señal política que quiere dar el Gobierno nacional de cuidar el poder adquisitivo de la población ante el parate abrupto de la actividad económica. Pero a la vez, consideran que el Estado nacional debe evitar que esta suspensión de pagos se expanda a sectores que no están alcanzados por el decreto, lo que provocaría una caída aún mayor en la recaudación y consecuentemente de sus ingresos locales.

4. La sustentabilidad económica de las distribuidoras. De acuerdo al esquema impositivo vigente, las empresas distribuidoras de gas y electricidad pagan el IVA en el momento en que emiten la factura. Por lo tanto, desde la Asociación de Distribuidoras de Energía Eléctrica de la República Argentina (ADERA) y también algunas distribuidoras de gas ya la plantearon al Gobierno que la suspensión masiva de pago de las tarifas por parte de los usuarios pone en riesgo la sustentabilidad financiera de estas empresas, ya que no tendrían posibilidad de recuperar lo que ya pagaron por el IVA. Es por eso que desde los privados solicitaron al Gobierno una homologación con el régimen que rige para las empresas de agua. Allí, las compañías pagan el IVA cuando cobran la factura  por parte de los usuarios. Para eso es necesario modificar el hecho imponible del acto para homologar el régimen de gas y electricidad al de agua.

Fuente: Econojournal.

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