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Home›Informes›Exclusivo: el proyecto de Ley que impulsan empresarios para que se prorrogue la Ley de Biocombustibles en Argentina

Exclusivo: el proyecto de Ley que impulsan empresarios para que se prorrogue la Ley de Biocombustibles en Argentina

By webmaster
3 enero, 2020
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La propuesta avanza en el marco de la Liga Bioenegética. Será presentada durante este año parlamentario. El escrito contempla subas de cortes de biodiesel y bioetanol, además de la desregulación de parte del mercado. También apunta a la creación de un organismo, denominado INBios.

Energía Estratégica pudo acceder al proyecto de Ley que está elaborando la Liga Bioenergética y que se presentará este año en el Congreso argentina con el objeto de prorrogar la normativa (N°26.093) que regula la actividad de los biocombustibles, y vence el a mediados del 2021.

El proyecto de Ley (DESCARGAR), propone la fijación de una fórmula de precios estable, que no varíe con los cambios de Gobierno, uno de los principales reclamos del sector.

También contempla el aumento de corte en combustibles, tanto del biodiesel en gasoil como del bioetanol en naftas.

Actualmente, el biocombustible a base de soja se mezcla en un 10% con gasoil en el país. El proyecto propone que, de ese porcentaje, un 7,5% continúe en el mercado regulado y que el 2,5% restante se desregule.

La propuesta además indica una amplitud en el corte. «A partir del primer día del año siguiente al de entrada en vigencia de la presente ley, el referido contenido de biodiesel en la mezcla se elevará a un 15%”, sugiere.

Aclara que “siempre que el contenido de biodiesel en la mezcla aumente por encima del 10% y por debajo de un 15%, por cada punto porcentual de mezcla adicional al 10% de contenido de biodiesel, corresponderá un 50% al segmento de cuotas distribuidas y un 50% al de libre competencia”.

Y agrega: “por encima del porcentaje del 15% de contenido de biodiesel en la mezcla, corresponderá al segmento de libre competencia”.

En cuanto al bioetanol, tanto para le elaborado a partir de caña de azúcar como el de maíz, que actualmente se corta en un 12% con naftas, el proyecto de Ley plantea un aumento inmediato del 3%, es decir, que la mezcla pase a ser del 15%.

“Dentro del plazo de 18 meses de promulgada la presente ley –indica el escrito-, el contenido mínimo obligatorio de bioetanol anhidro en la mezcla con nafta grado Tres, será de un porcentaje promedio del 18%, medido sobre el volumen total del producto final”.

Y agrega que la Autoridad de Aplicación podrá aumentar ese porcentaje a 27,50%, “cuando haya oferta de bioetanol anhidro disponible”. Y aclara: “este último porcentaje de bioetanol anhidro en la mezcla se deberá alcanzar, como máximo, el 31/12/2027”.

También indica que “la comercialización por encima del porcentaje del 27,50% de contenido de bioetanol anhidro en la mezcla, corresponderá al segmento de libre competencia, y su precio será determinado libremente por compradores y vendedores”.

Vigencia

El proyecto de Ley asume una vigencia de 15 años a partir de su publicación en el Boletín Oficial. “El Poder Ejecutivo Nacional podrá extenderlo por cinco (5) años más, desde la fecha de vencimiento del mismo”, señala.

Organismo para los bio

Asimismo, la propuesta de la Liga Bioenergética contempla la creación del “Instituto Nacional de Biocombustibles (INBios), integrado por el Consejo de Provincias y el Consejo Directivo”, el cual velará por la promoción y desarrollo de la producción, comercialización, investigación y uso de los biocombustibles.

“El patrimonio y los recursos del INBios provendrán de:

  1. Una tasa retributiva de servicios a cargo de los productores de biocombustibles de hasta el tres por mil (3‰) del importe facturado en cada mes por dichos productos destinados al mercado interno.
  2. Los aranceles por servicios a terceros.
  3. Las asignaciones previstas en el presupuesto nacional.
  4. Los fondos específicos que por su naturaleza tengan vinculación con el objeto de la presente ley.
  5. Las donaciones o legados.
  6. Todo otro aporte público o privado destinado al cumplimiento de los fines y objetivos de la presente ley”.

Fuente: Energía Estratégica.

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